Los autónomos, pequeñas, medianas y grandes empresas se beneficiarán con el Kit Digital 2026
Un giro inesperado para la digitalización española
Para la mayoría del tejido empresarial español, el capítulo de las ayudas a la digitalización parecía haber concluido definitivamente el pasado 31 de octubre de 2025. Sin embargo, el escenario ha cambiado drásticamente con la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el miércoles 28 de enero de 2026, de la Orden TDF/39/2026. Este documento representa un cambio de en la gestión de los fondos públicos destinados a la tecnología. La nueva normativa establece las bases para lo que podemos denominar el Kit Digital 2026, una extensión de facto del programa que la necesidad de ejecutar los fondos del presupuesto europeo asignado.
Desde Informaticasa, queremos analizar detalladamente qué implica este nuevo marco legal. La modificación tiene como objetivo prioritario asegurar que el presupuesto disponible pueda destinarse a nuevas convocatorias y favorecer un uso íntegro de los fondos. En este análisis, explicaremos por qué el gobierno ha tomado esta medida, cómo afecta a los plazos de solicitud y qué deben hacer las empresas que se quedaron fuera en la primera vuelta.
El contexto normativo: ¿Por qué vuelve el Kit Digital en 2026?
Para entender la reactivación del Kit Digital 2026, es necesario mirar más allá de la simple burocracia nacional y comprender las exigencias de la Unión Europea. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) no es una sugerencia de gasto, sino un contrato de objetivos con Bruselas.
La nueva Orden ministerial deja claro en su preámbulo que la motivación principal es adaptar las bases reguladoras a los requerimientos de la Comisión Europea, específicamente a la comunicación «NextGenerationEU Camino a 2026». Europa ha establecido mecanismos para asegurar la absorción de recursos, y España se encuentra en una carrera contra el reloj para cumplir con el hito de comprometer el presupuesto total.
El documento oficial es explícito al respecto: el presupuesto total de 3.067 millones de euros destinado a estas ayudas debe estar comprometido para cumplir con el hito CID 208 de la Decisión de Ejecución del Consejo. Esto significa que el Estado no puede dejar “dinero en la caja”. Si sobran fondos porque muchas empresas no los solicitaron o porque hubo renuncias, ese dinero no se devuelve inmediatamente, sino que debe buscar nuevos destinatarios.
La presión es tal que la normativa introduce un mandato claro de reinversión: se establece expresamente la obligación de reinvertir el presupuesto no ejecutado en actuaciones comprendidas en el propio programa. De hecho, la entidad pública Red.es está obligada a reinvertir cualquier remanente presupuestario incluso después de 2026.
Esto confirma lo que muchos analistas sospechaban: el cierre de octubre de 2025 fue un cierre administrativo de las convocatorias vigentes en ese momento, pero no el fin de los fondos. El estado se ha visto obligado a reabrir la tubería de financiación para evitar una penalización o una evaluación negativa por parte de las autoridades comunitarias.
Análisis de la Orden TDF/39/2026: las claves del cambio para el Kit digital 2026
La Orden TDF/39/2026 modifica la anterior Orden ETD/1498/2021, que es la columna vertebral legal del Kit Digital. Identificamos los principales puntos críticos que habilitan el Kit Digital 2026 y que todo empresario debe conocer.
Eliminación de las fechas límites rígidas
El cambio más trascendental se encuentra en la modificación del Artículo 4, relativo al ámbito temporal de las ayudas. Anteriormente, las convocatorias tenían una fecha de caducidad fija. La nueva redacción es mucho más flexible y agresiva en su intención de gasto: lo dispuesto en la orden será aplicable a las ayudas que se convoquen desde su entrada en vigor y «hasta el agotamiento total de los fondos del Programa Kit Digital».
Esta frase, «hasta el agotamiento total», es la llave maestra del Kit Digital 2026. Elimina la presión del calendario artificial y la sustituye por una presión presupuestaria. Además, se especifica que las ayudas concedidas se seguirán rigiendo por esta norma hasta el cierre de los expedientes, incluyendo eventuales reintegros.
La reasignación obligatoria de fondos (La “repesca”)
Uno de los mecanismos más interesantes introducidos para maximizar la absorción de recursos es el refuerzo del régimen de reasignación de crédito. La orden atribuye carácter preceptivo, es decir, obligatorio, a la formulación de nuevas propuestas de concesión cuando existan fondos aplicables.
¿Qué significa esto en la práctica? Según la modificación del artículo 28, una vez resuelta una convocatoria, si existen fondos sin asignar, el órgano instructor (Red.es) formulará nuevas propuestas de resolución definitivas a favor de aquellos solicitantes que se quedaron fuera inicialmente por falta de crédito.
Esto es vital para las empresas que presentaron su solicitud tarde y fueron rechazadas por «agotamiento del crédito disponible». La nueva normativa obliga a la administración a rescatar esas solicitudes si se libera dinero o se abren nuevas partidas, tramitándolas de conformidad con la Ley General de Subvenciones. Es una segunda oportunidad automática para los que quedaron en lista de espera.
Seguridad jurídica para nuevas convocatorias
El objetivo último de esta modificación es asegurar que todas las solicitudes puedan resultar concedidas siempre que exista crédito y permitir que el presupuesto disponible pueda destinarse a la publicación de nuevas convocatorias. Esto confirma que no solo se trata de gestionar las colas de espera, sino que el Gobierno tiene la facultad y la intención de lanzar nuevas llamadas a la acción para captar a empresas que nunca antes habían solicitado la ayuda.
Soluciones tecnológicas: ¿qué se podrá contratar con el Kit Digital 2026?
El Kit Digital 2026 no solo extiende los plazos, sino que consolida un catálogo de soluciones que ha ido evolucionando con el tiempo para adaptarse a la realidad tecnológica. El BOE hace un repaso de cómo ha madurado el programa, mencionando la inclusión de tecnologías avanzadas que ahora cobran más sentido que nunca.
Inteligencia Artificial y Business Intelligence
El texto legal recuerda que las bases reguladoras ya fueron modificadas previamente (en mayo de 2024) para incluir categorías de vanguardia como «Gestión de clientes con IA asociada», «Business Intelligence y analítica e IA asociada» y «Gestión de procesos con IA asociada».
Estas soluciones son las que presentan un mayor potencial transformador para el año 2026. A diferencia de la creación de una página web básica, la implementación de IA permite a las pymes automatizar tareas complejas. El hecho de que el BOE mencione explícitamente estas categorías como parte de la evolución del programa sugiere que el gobierno sigue apostando por una digitalización cualitativa, no solo cuantitativa.
Ciberseguridad y “Puesto de Trabajo Seguro”
Otro pilar fundamental que se mantiene y refuerza es la seguridad. El documento cita la categoría de «Servicio de Ciberseguridad Gestionada» y, muy especialmente, la solución de «Puesto de Trabajo Seguro».
Es importante destacar que el BOE hace referencia a una actualización técnica reciente (Orden TDF/240/2025) sobre los requisitos mínimos del procesador y el rendimiento del dispositivo hardware para el «Puesto de Trabajo Seguro». Esta actualización tenía como fin adecuar los equipos al progreso tecnológico. Para el Kit Digital 2026, esto implica que los ordenadores y dispositivos subvencionables deberán cumplir con estándares de rendimiento modernos, garantizando que el dinero público no se gaste en tecnología obsoleta.
Ampliación a medianas empresas
El espectro de beneficiarios se ha ampliado con el tiempo. El BOE señala la inclusión de las medianas empresas como nuevos beneficiarios del programa. Esto es crucial para el escenario de 2026, ya que este segmento empresarial a menudo tiene proyectos de digitalización más costosos y complejos que requieren de un mayor tiempo de ejecución y justificación. La extensión del plazo hasta el agotamiento de fondos ofrece a estas empresas el margen necesario para acometer proyectos de IA o ciberseguridad avanzada sin la asfixia de un cierre de convocatoria inminente.
Estrategia para las empresas ante el nuevo escenario
Desde Informaticasa, interpretamos esta reapertura como una ventana de oportunidad final, pero con matices importantes. No se trata de un «barra libre» indefinida, sino de un mecanismo de uso de fondos. Por tanto, la estrategia de las empresas debe ser ágil y precisa.
Para quienes nunca lo solicitaron
Si su empresa (ya sea microempresa, pyme o mediana) no solicitó el bono digital anteriormente, el Kit Digital 2026 es su momento. La normativa se ha ajustado para favorecer la participación de potenciales beneficiarios que soliciten las ayudas, llegando a aumentar importes máximos en ciertos segmentos.
La recomendación es tener toda la documentación preparada (certificados digitales, situación censal, etc.) para el momento en que se activen las nuevas convocatorias derivadas de esta orden. Recordemos que el objetivo es gastar el dinero: la administración pondrá facilidades, pero la burocracia seguirá siendo estricta en cuanto a los requisitos de «empresa en crisis» o límites de minimis, los cuales, según el BOE, se han actualizado en armonía con la normativa europea.
Para quienes fueron rechazados por falta de fondos
Este grupo es el gran beneficiado de la modificación del artículo 28. Como hemos explicado, el órgano instructor formulará nuevas propuestas a favor de solicitantes no concedidos por agotamiento de crédito.
Si su empresa recibió una notificación denegatoria exclusivamente por este motivo, no debe iniciar una nueva solicitud desde cero, sino estar atenta a las notificaciones electrónicas. El sistema debería rescatar su expediente automáticamente a medida que se liberen los fondos remanentes.
El papel de los agentes digitalizadores en el Kit Digital 2026
El BOE también menciona aclaraciones sobre los requisitos de facturación para obtener la condición de Agente Digitalizador Adherido. Esto es relevante porque asegura que el ecosistema de proveedores tecnológicos sigue estando depurado y profesionalizado. Para las empresas beneficiarias, es vital elegir un agente que no solo entienda la tecnología, sino que comprenda los plazos de justificación de este nuevo periodo extendido.
Además, se mantiene la vigilancia sobre el fraude. El texto recuerda la obligación de implementar medidas contra el conflicto de interés y la cumplimentación de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI). En esta etapa final de ejecución de fondos, es previsible que los controles ex post se intensifiquen para asegurar ante Europa que el dinero se ha gastado correctamente.

La visión de Europa: absorción vs transformación
Es fascinante leer entre líneas en el BOE. La justificación de la orden es, en esencia, financiera y administrativa. Se habla de «maximizar la absorción de recursos» y de asegurar la operatividad durante todo el periodo de ejecución.
El documento menciona explícitamente que la ejecución material de los proyectos puede dejarse para fechas posteriores a agosto de 2026, siempre que las ayudas se hayan concedido antes. Esto nos da una pista sobre el calendario real:
Fase de Concesión (Urgente): El gobierno necesita adjudicar el dinero (conceder el bono) lo antes posible durante 2026.
Fase de Ejecución (Flexible): La implementación real de la solución digital en la empresa puede extenderse más allá, ya que Europa permite disociar la concesión de la ejecución material.
Esto es una excelente noticia para las empresas, ya que reduce la presión de tener que implantar la solución tecnológica de la noche a la mañana. Lo urgente es pedir la ayuda y que sea concedida; la transformación digital puede luego seguir su curso natural.
La publicación del BOE del 28 de enero de 2026 confirma que el Kit Digital 2026 es una realidad legal. La idea de utilización del dinero tiene una base real en los compromisos de absorción de fondos del Plan de Recuperación.
El gobierno ha modificado las reglas del juego para eliminar las barreras temporales y asegurar que los 3.067 millones de euros lleguen al tejido productivo.
Se abre una prórroga inesperada que permite acceder a subvenciones a fondo perdido para modernizar su infraestructura tecnológica, desde la ciberseguridad hasta la inteligencia artificial.
La digitalización de las pymes y autónomos sigue siendo una de las palancas principales de modernización de la economía española, y esta segunda oportunidad financiada por Europa es, probablemente, la última de esta magnitud que veremos en la década.
¿Qué paso debo dar ahora con el Kit Digital 2026?
La reactivación administrativa es inmediata, ya que la orden entra en vigor al día siguiente de su publicación. Sin embargo, la apertura operativa de las plataformas de solicitud requiere de la publicación de las resoluciones específicas para cada segmento.
Desde Informaticasa, le recomendamos no esperar a ver el anuncio en televisión. Si desea aprovechar el Kit Digital 2026, lo ideal es realizar una auditoría previa de sus necesidades digitales hoy mismo y verificar el estado de sus certificados electrónicos.
¿Le gustaría que le avisemos cuando se abra la ventanilla para su tipo de empresa o que revisemos si su solicitud anterior puede ser rescatada? Deje sus datos en nuestro formulario de contacto y le informaremos.
